Capítulo VIII
Artículo 17. Definición de aprobación.
Es un logro q se entiende por aprobación de los aprendizajes esperados para cada área, subárea o su equivalente para que el alumno tenga un buen aprendizaje.
Artículo 18. Aprobación de las áreas del nivel de educación preprimaria.
En el nivel preprimaria no aplica la aprobación, solo se reporta el progreso alcanzado en cada una de las áreas que estará de acuerdo con el avance de cada alumno.
Artículo 19. Aprobación de las áreas y subáreas en los niveles de educación primaria y media.
Notas unidades o bimestres, cada área o subárea, la o el estudiante obtiene como mínimo a sesenta (60) puntos para q sea equivalente considerada aprobada.
Aprobación final de áreas y subáreas en los niveles de educación primaria y media.
En la notas finales del ciclo escolar, cada área o subárea se considera aprobada cuando el estudiante obtiene como mínimo sesenta (60) puntos de promedio de las notas obtenidas o ya sea bimestrales.
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